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DACO advierte ilegalidad de cobrar ‘Water Fee’

Las multas administrativas por violaciones a esta Orden podría llegar a $10,000.00 por infracción

El secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor, Hiram Torres Montalvo, reiteró que ningún comercio dedicado a ofrecer comida preparada en locales (restaurantes) puede imponer un cargo por ‘servicio de agua’, o algo relacionado con este preciado líquido.

“En las pasadas horas se ha desatado una controversia en varias páginas de redes sociales alegando que algunos restaurantes han intentado cobrar un llamado ‘water fee’ debido al costo que tiene con abastare sus cisternas ante el programa de interrupciones programadas por la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados debido a la histórica sequía que atraviesa Puerto Rico. Ese cargo es totalmente contrario a la ley. Reitero, ningún comercio, o restaurante, puede imponer o sugerir al consumidor  un cargo por servicio de agua”, dijo el Secretario en expresiones escritas.

“Nuestra gobernadora, Jenniffer González, ha sido clara, no se puede aprovechar esta emergencia para lucrarse despiadadamente de este estado de emergencia. Estoy convencido que la inmensa mayoría de los restaurantes siguen los parámetros de la Orden Administrativa 2026-006 expedida por DACO el 1 de agosto. Aquellos que no lo hacen, sepan que nuestros inspectores están en la calle todo el tiempo y revisarán sus comercios  para garantizar el fiel cumplimiento de esta Orden”, agregó el funcionario.

El 1 de agosto Torres Montalvo firmó la Orden Administrativa 2026-006 la cual ordena la congelación de precios sobre productos, artículos y servicios de primera necesidad respecto al uso del agua, esto ante la firma, por parte de la Gobernadora, del Boletín Administrativo OE-2026-05 el cual declara un estado de emergencia ante los bajos niveles en los embalses ocasionados por la actual condición de sequía.

Los artículos de primera necesidad cubiertos por esta Orden Administrativa son el agua potable y hielo, agua embotellada, cisternas de agua, equipos, piezas, servicios de modificacion, reparacion e instalacion de cisternas, incluyendo motores bombas, válvulas, sensores, armaduras, tubos y presurizadores, entre otros

Igualmente están cubiertos los envases, tanques y recipientes para almacenamiento, acarreo y distribución de agua, servicios de acarreo, así como cualquier otro artículo o servicio necesario. 

Las multas administrativas por violaciones a esta Orden podría llegar a $10,000.00 por infracción.

Para culminar, el Secretario exhortó a los consumidores que han observado la práctica del ‘water fee’ a comunicarse con la Agencia  a través de sus plataformas oficiales, enviar información al correo confidencia@daco.pr.gov,  accediendo a www.daco.pr.gov o seguir las redes sociales: @Dacoatufavor en Facebook y @dacopuertorico en Instagram.

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