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Aseguran que fallecimiento de Ruth Bader Ginsburg podría afectar caso del Seguridad de Ingreso Suplementario para Puerto Rico

Bader Ginsburg era de la parte más liberal del Tribunal Supremo de Estados Unidos.

La presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, Daisy Calcaño López, aseguró a RADIO ISLA que el falleciemiento de la jueza del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, Ruth Bader Ginsburg, podría afectar el caso de la Seguridad de Ingreso Suplementario de Puerto Rico (SSI, por sus siglas en inglés).

“El fallecimiento de la honorable juez Ruth Bader Ginsburg nos deja un inmenso vacío en lo que es la voz clara y firme de esta corte en contra de todo tipo de desigualdades, en contra del discrimen contra la mujer, dejando una gesta histórica en su ejecutoria como juez extraordinaria. Nosotros los puertorriqueños estamos muy pendientes al caso del Seguro Social Suplementario que está presentado ante dicho foro”, expresó Calcaño López en entrevista.

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Ruth Bader Ginsburg “fue una mujer que, sin duda, dejó un legado de humanidad y claramente sus posturas en cuanto a todos los temas sociales, sobre todo las mujeres, la comunidad LGBTT y los más vulnerables. Una mujer que se ganó la estima y el reconocimiento de todos sus colegas demostrando que se puede diferir sin ofender o insultar. Sobre todo, honramos su férrea lucha para que las posturas del Tribunal Supremo de Estados Unidos fueran justas, equitativas e inclusivas”, detalló la gobernadora de Puerto Rico, Wanda Vázquez, en declaraciones escritas.

El SSI es un programa al que se ingresa por índice de pobreza en el que el gobierno federal asiste económicamente a personas de 65 años o más, bajo la línea de pobreza o con impedimentos o condiciones especiales o menores con condiciones como cáncer, entre perlesia celebral y down síndrome, esclerosis entre otras condiciones que afectan el que la familia y el individuo pueda generar ingresos suficientes para vivir.

A diferencia del Seguro Social tradicional, con el SSI no requieren que un beneficiario realice pagos al programa para tener derecho a los beneficios de este.

Por ley, el SSI está disponible para los ciudadanos americanos que viven en un estado, el Distrito de Columbia y en el territorio de las Islas Marianas del Norte. Los que viven en las Islas Vírgenes, Guam, Puerto Rico y Samoa Americana están excluidos del programa. En lugar de SSI, reciben asistencia complementaria a través del programa Aid to the Aged, Blind and Disabled Program (AABD), una subvención limitada del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) que se aplicó a los estados antes del establecimiento de SSI. Puerto Rico tiene que igualar el 25 por ciento de los fondos que recibe de la AABD, un requisito que no se aplica a SSI.

Según el United States Government Accountability Office (GAO), si Puerto Rico hubiera sido un estado en el año fiscal 2011, el número de beneficiarios de SSI en Puerto Rico habría sido casi diez veces mayor que los que recibieron AABD, de 37,500 a 354,000, y el pago promedio hubiera sido 422 dólares por mes en lugar de 74 dólares por mes. La implementación de SSI en Puerto Rico habría representado 54 veces más dinero para las personas que no tienen la capacidad de mantenerse a sí mismas.

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