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Aumento al salario mínimo comienza hoy, pero empresarios piden paralización

Varias asociaciones de los patronos del país, liderada por la Cámara de Comercio de Puerto Rico, alegan que la decisión tomada por los cinco miembros en la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo no es válida

Varias organizaciones de empresarios puertorriqueños radicaron ayer, domingo un recurso legal al Tribunal de Primera Instancia para detener el aumento al salario mínimo, que entra en vigor hoy, lunes 1 de julio.

“Es urgente que este Honorable Tribunal, en segundo lugar, emita una sentencia de mandamus, paralizando la entrada en vigor del aumento salarial y ordenando a la Comisión a realizar el procedimiento instaurado en la Ley de Salario Mínimo para los casos como el de epígrafe, donde la Comisión no alcanzó a aprobar conforme a derecho que el 1ro de julio de 2024 entre en vigor un aumento del salario mínimo en Puerto Rico de $10.50 la hora”, lee la demanda.

El recurso fue impulsado por la Cámara de Comercio de Puerto Rico junto a la Asociación Hecho en Puerto Rico, la Asociación de Restaurantes (ASORE), la Cámara de Mercadeo, la Industria y Distribución de Alimentos, la Asociación de Industriales de Puerto Rico, el Puerto Rico Hotel & Tourism Association (PRHTA) y la Asociación de Comercio al Detal.

Los industriales alegaron que por ley, la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo debe tener siete miembros, y que para poder tomar una decisión, se requiere que cinco miembros estén a favor, por lo que la votación para aprobar el salario a $10.50 por los solo cinco miembros actuales en la Comisión es inválida.

“Independientemente de posturas en contrario, y hasta que un tribunal no disponga otra cosa, el salario mínimo en Puerto Rico a partir del 1 de julio de 2024 es de $10.50 por hora, para todos los patronos y empleados no exentos cobijados por la Fair Labor Standards Act (FLSA), exceptuando la industria agrícola y el gobierno, salvo corporaciones públicas que operan como negocio privado”, indicó el secretario del Trabajo, Gabriel Maldonado.  “ El incumplir con el salario mínimo estatal aplicable podría estar sujeto a reclamaciones, multas y penalidades conforme dispone la ley”.

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