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Gobernador firma O.E. para salario mínimo de $15 por hora en proyectos de construcción pagados con fondos federales

El gobernador de Puerto Rico, Pedro Rafael  Pierluisi Urrutia , estableció el domingo  mediante la Orden Ejecutiva 2022-014, un aumento al salario mínimo de los empleados diestros a 15 dólares la hora, y los no diestros a 11 dólares por hora en los proyectos de reconstrucción o recuperación de Puerto Rico que sean pagados, total o parcialmente, con fondos federales.

Según el gobernador, la OE atiende la política pública  de la administración del presidente Joe Biden que ordenó una paga mínima de 15 dólares la hora para empleados de contratistas del gobierno federal.

“La política pública de mi administración es aumentar la eficiencia y productividad en los trabajos de reconstrucción. Esta Orden Ejecutiva logra un balance entre una paga justa y condiciones razonables para los trabajadores de la construcción y por otro lado, que no se afecten o dilaten las obras de reconstrucción. Es importante que proveamos mecanismos para mejorar las condiciones de nuestros obreros y aseguremos que con el desarrollo de obras mejore la economía local, por lo que esta Orden ayudará a aumentar la empleomanía en este sector tan necesario para adelantar la reconstrucción de Puerto Rico”, dijo el gobernador en declaraciones escritas.

Esto aplicará a los trabajadores que laboren en proyectos de construcción del Gobierno, sufragados con fondos federales para la reconstrucción y recuperación de la Isla tras los huracanes de 2017 y los terremotos del 2020. Aparte de esto, se establecen los parámetros para la implementación de Acuerdos Laborales de Proyectos, comenzando con un Programa Piloto cuya ejecución será evaluada a los fines de determinar la permanencia o no de este tipo de acuerdo en proyectos de reconstrucción sufragados total o parcialmente con fondos federales.

La nueva Orden Ejecutiva establece el Programa Piloto para la Incorporación de Acuerdos Laborales de Proyectos que se implantará únicamente en los proyectos de construcción de más de $5 millones y que sean sufragados total o parcialmente con fondos federales destinados a la reconstrucción provenientes del programa de Asistencia Pública de FEMA bajo la Sección 406 de la Ley Stafford. Es importante mencionar que no aplica a proyectos de municipios, ni entidades no gubernamentales. El Acuerdo Laboral será requisito para licitar en una subasta relacionada a un proyecto piloto. Además, se aplicará a todos los trabajos cubiertos bajo la subasta adjudicada y no incluye ningún otro trabajo adjudicado bajo licitaciones anteriores o posteriores. Tampoco incluye contratos otorgados y ejecutados para trabajo de limpieza o remoción de escombros.

Esta Orden es de aplicación prospectiva, por lo que los contratos ya firmados y los procesos para la contratación comenzados o ya publicados, así como sus enmiendas o extensiones, no estarán sujetos a estas disposiciones. Los contratos o acuerdos firmados, incluyendo enmiendas subsiguientes, continuarán vigentes según sus términos y condiciones.

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