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Informe preliminar: Quiñones de Longo cometió negligencia en el cumplimiento del deber

Según la Comisión de Salud, la exsecretaria interina autorizó órdenes de compras sin el debido proceso de ley.

El presidente de la Comisión cameral de Salud, Juan Oscar Morales presentó el jueves el informe parcial de la investigación relacionada a la fallida compra por 38 millones de dólares de un millón de pruebas COVID-19 a la empresa Apex General Contractors.

“En medio de la situación de emergencia que se vive en Puerto Rico y de tomar todas las medidas que viabilicen el control de la propagación del virus, trascendieron serios señalamientos de parte de la exsecretaria interina del Departamento de Salud, Dra. Concepción Quiñones de Longo sobre irregularidades en los procesos de compra de pruebas para detectar el COVID-19. Ante las denuncias presentadas se inició una investigación expedita, ordenada en dicha Resolución”, indicó Morales en comunicación escrita.

Aunque, Quiñones de Longo también hizo denuncias sobre el proceso para recibir y realizar inventario de 500 pruebas moleculares (“test kits”), y sobre los procesos llevados a cabo para la firma de contratos por Salud, ésta también fue referida por posible negligencia en el cumplimiento del deber al autorizar órdenes de compras sin cumplir con el debido proceso de ley

“En las órdenes de compra, no se siguió el proceso de ley, se estableció y se evaluaron cotizaciones y no necesariamente se escogió la más económica…en adición, hay perdida de fondos públicos cuando a una compañía se le pagó más de $338,000 que no le correspondían”, sostuvo en entrevista en RADIO ISLA.

Además, pudo haber infringido el Artículo 4.2 del Capítulo IV Inciso (r) de la “Ley de Ética Gubernamental del Gobierno de Puerto Rico”, así como el Artículo 9 de la Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico y el Artículo 1207 del Código Civil de Puerto Rico.

Según el documento, de 90 páginas, se realizaron referidos a agencias como la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (OPFEI), la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) y el Negociado Federal de Investigaciones (FBI).

Esto, con el propósito de que pasen juicio sobre los hallazgos de este Primer Informe Parcial y evalúen las violaciones legales, éticas y/o administrativas por parte de los siguientes funcionarios públicos: Testimonio del General José Burgos Vega, Comisionado del Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres; la señora Adil Rosa Rivera, Secretaria Auxiliar de Administración del Departamento de Salud; la señora Mariel Rivera Rivera, requisidora en el Departamento de Salud como parte del programa federal “Crisis Program Management Office”, la señora Diana Meléndez Díaz, Directora Interina de la Oficina de Compras y Subastas del Departamento de Salud y la Secretaria Interina, Concepción Quiñones de Longo, para la fecha de los hechos, que dieron pie a la presente investigación.

Entre las violaciones posiblemente cometidas por el General José Burgos Vega lo fue cometido perjurio al testificar (el 8 de abril de 2020) ante la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en violación del Artículo 33 del Código Político de Puerto Rico y el Artículo 269 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”. Asimismo, pudo haber sido negligente en el cumplimiento de su deber conforme los Artículos 262 y 263 del Código Penal de Puerto Rico y pudo haber infringido el Artículo 4.2 del Capítulo 4 Inciso (r) y (s) de la “Ley de Ética Gubernamental del Gobierno de Puerto Rico”.

Mientras que la señora Diana Meléndez Díaz, pudo haber sido negligente en el cumplimiento de su deber conforme los Artículos 262 y 263 del Código Penal de Puerto Rico y pudo haber infringido el Artículo 4.2 del Capítulo 4 Inciso (r) de la “Ley de Ética Gubernamental del Gobierno de Puerto Rico”.

Igualmente, las funcionarias del Departamento de Salud: señora Adil Rosa Rivera, y la señora Mariel Rivera Rivera, pudieron haber sido negligentes en el cumplimiento de su deber conforme los Artículos 254, 255, 262 y 263 del Código Penal de Puerto Rico, y pudieron haber infringido el Artículo 4.2 del Capítulo 4 Incisos (o), (r) y (s) de la “Ley de Ética Gubernamental del Gobierno de Puerto Rico”, así como el Artículo 9 de la Ley Número 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico y el Artículo 1207 del Código Civil de Puerto Rico; posiblemente violentando, en múltiples instancias, lo que constituyen las funciones y deberes que acarrean sus cargos. Por su parte, la señora Adil Rosa, incumplió, al momento de prestar su testimonio, con las instrucciones impartidas por la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes conforme a la facultad Constitucional conferida. Asimismo, se debe evaluar la legalidad de los procedimientos seguidos por los(as) funcionarios(as) y cualquier incumplimiento con la ley y los reglamentos aplicables, tales como: • Ley Número 81 de 14 de marzo de 1912, mejor conocida como la Ley Orgánica del Departamento de Salud; según enmendada; • su “Reglamento para Regular las Compras del Departamento de Salud”, así como cualquier otro reglamento aplicable; • Ley Número 20 de 10 de abril de 2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”.

De manera similar, se recomienda que la Oficina del Contralor de Puerto Rico realice una auditoría al Departamento de Salud y al Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, en aras de evaluar las posibles irregularidades en los procesos de compras que lleva a cabo estas Agencias y los desembolsos de fondos realizados, durante el periodo de emergencia del COVID-19. La intención de la Cámara de Representantes con estos referidos es que se preserve la integridad de los funcionarios y de las instituciones públicas del Gobierno de Puerto Rico.

“Los hallazgos de esta investigación nos llevan a preguntarnos, si desde el inicio de la emergencia, Puerto Rico contaba con una estructura que le asegurara, no solo un equipo médico de primer orden, sino también el equipo de recursos humanos necesario para asegurar el más alto nivel de rendimiento y responsabilidad con el manejo de fondos públicos y, sobre todo, asegurar que Puerto Rico cuenta con los equipos, tecnología y personal necesario, que nos asegure enfrentar de manera efectiva la pandemia del COVID-19, protegiendo los recursos económicos del Estado, mientras se salvan las vidas del Pueblo puertorriqueño. A tales fines, las principales conclusiones alcanzadas por la Comisión de Salud se resumen en: • Una transacción de la magnitud como lo fue la fallida orden de compra de Apex General Contractors, LLC., les tomó solo 18 horas a los funcionarios, de múltiples Agencias (Departamento de Salud, Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, Oficina de Gerencia y Presupuesto y el Departamento de Hacienda), completar la misma: desde que se recibió la cotización hasta que se aprobó la orden de compra. • Este hecho no tan solo resulta alarmante por la cantidad de dinero envuelta en la transacción que fue 38 millones de dólares, sino por la importancia de la adquisición del producto (pruebas para detectar COVID-19) tan necesarios para atender la salud del Pueblo puertorriqueño. • Este panorama se complica cuando se le otorgó un adelanto de 19 millones de dólares (50 por ciento del total de la compra) a una compañía dedicada a la construcción, sin haberle dado cumplimiento al Reglamento 31 del Departamento de Hacienda, el cual regula los pagos por anticipado de bienes o servicios del Gobierno, sin haber tan si quiera solicitado la aprobación de ninguno de los dos funcionarios que encabezan las agencias principales en este proceso de compras, entiéndase, la Secretaria Interina del Departamento de Salud y el Secretario del Departamento de Hacienda. • La suma de todas las compras realizadas por el Departamento de Salud, durante el periodo de emergencia, totaliza la cantidad de 14,511,810 dólares, los cuales fueron distribuidos entre los siguientes 6 suplidores: Industrial Fire Products Corp., Quest Diagnostics, Maitland 175, 313 LLC., Castro Business y Jazz Foods, mientras que una sola compra (38 millones de dólares) a un suplidor (Apex General Contractors, LLC.), casi triplica este total. Incluso, el total de todas las compras, resulta menor al pago por adelantado que se desembolsó.

Uno de los datos más alarmantes, es que quedó en manos de una requisidora (sin experiencia alguna en el área de compras y mucho menos en productos y equipo especializados en salud), la compra por la cantidad de 38 millones de dólares, más aún, cuando el Departamento de Compras y Subastas de la Agencia contaba con personal experto y disponible para trabajar durante la emergencia, pero por alguna razón, no fue requerido en ningún momento. • A pesar de que el Capítulo 212 del Título 14 de “Florida Statutes” dispone que Puerto Rico está exento del pago de impuestos (Florida Sales and Use Tax), el Departamento de Salud admitió no conocer tal particular, lo que resultó en la pérdida de casi 1 millón de dólares para el Pueblo de Puerto Rico, a raíz de diversas compras realizadas por la Agencia a la empresa Maitland 175. • La negativa del Negociado de Manejo de Emergencias de entregar a esta Comisión, en el tiempo requerido, las horas restantes de las grabaciones del día 26 de marzo de 2020 (entrega de las 500 pruebas en NMEAD), nos lleva a concluir que ese video pudo ser manipulado, en aras de ocultarle información a este Cuerpo Legislativo. • Debido a la falta de organización y estructura, se observó una notable variación en los precios en que se adquirieron las diferentes pruebas a los suplidores, sin que se pudiera justificar la razonabilidad de la adquisición del Departamento de Salud de pruebas con diferentes precios ($26, $45 y $36). • Es por todo ello, que presentaremos la legislación que hemos recomendado para tratar de evitar que vuelva a repetirse una situación como esta, que puso en riego, lo más importante de un Pueblo, su salud”, concluyó el informe.

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