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La Orden Ejecutiva para enfrentar el coronavirus en seis puntos

Te explicamos.

La gobernadora Wanda Vázquez firmó una Orden Ejecutiva sobre medidas adicionales para enfrentar el coronavirus (COVID-19) y te lo resumimos a continuación en varios puntos:

  • Se ordenó un toque de queda de 9:00 p.m. a 5:00 a.m. que será a partir del 15 de marzo hasta el 30 de marzo.

 

  • Entonces, de 5:00 a.m. a 9:00 pm. solo se permitirá transitar o caminar por las vías públicas en las circunstancias de adquisición de alimentos, citas médicas, asistir a hospitales, laboratorios o centros de servicio médico. También, acudir al lugar de trabajo, para ofrecer la asistencia, cuidado, transportes de ciudadanos de la tercera edad, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables que requieran algún tipo de atención médica o profesional o por alguna otra situación de emergencia.

 

  • El toque de queda no aplica a empleados de agencias de seguridad pública o privada, a nivel estatal y federal, profesionales de la salud, personal que labora en hospitales, farmacias, farmacéuticas, instalaciones de biociencia o centros de salud, personal que se encuentre trabajando en la cadena de distribución al par mayor y manufactura de bienes y alimentos, desde el origen hasta los establecimientos de venta al consumidor, personal que se encuentre trabajando con utilidades o infraestructura crítica, centros de llamadas (call center), personal de puertos y aeropuertos, miembros de la prensa, o aquellos ciudadanos que estén atendiendo situaciones de emergencias o de salud.

 

  • Toda persona con sospechas de tener el virus, que fue expuesta o que está infectado deberá estar en aislamiento por 14 días.

 

  • Todos las operaciones gubernamentales y negocios de Puerto Rico deberán permanecer cerrados a las 6:00 p.m. desde el 15 de marzo hasta el 30 de marzo salvo a aquellos que están dedicados a la venta de alimentos preparados mediante servi-carro o entrega, medicamentos, equipo médico, farmacias, supermercados gasolineras, instituciones bancarias, centros de cuido de ancianos o aquellos que estén relacionados a las cadenas de distribución de alimentos, medicamentos, artículos médicos o combustible.

 

  • La orden de cierre total aplica a centros comerciales, cines, discotecas, salas de concierto, teatros, salones de juegos, casinos, parques de atracciones, gimnasios, bares, o cualquier otro lugar análogo o evento que propicie la reunión de un grupo de ciudadanos en el mismo lugar.

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