El representante del Distrito 15, Joel Franqui Atiles, presentó una medida legislativa que prohibiría la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas a personas menores de 21 años en Puerto Rico.
“Esta medida busca proteger vidas. El acceso temprano al alcohol incrementa el riesgo de accidentes de tránsito, conductas violentas y problemas de salud. La evidencia demuestra que retrasar la edad de consumo reduce esos peligros. Necesitamos una política pública nueva, con sanciones efectivas y esfuerzos de educación que envíen mensajes de responsabilidad y prioricen la seguridad de nuestra juventud y de todos los ciudadanos”, explicó en declaraciones escritas el también presidente de la Comisión de Desarrollo Económico en la Cámara de Representantes.
Según la exposición de motivos, en Puerto Rico se han registrado en los últimos años múltiples incidentes en los que jóvenes, bajo los efectos del alcohol, han perdido la vida o han provocado muertes de terceros, especialmente en las carreteras. El texto legislativo establece que la falta de madurez y experiencia, sumada al consumo de alcohol, ha derivado en decisiones imprudentes y consecuencias fatales. La propuesta se conocería como la Ley para la Protección de la Juventud y Control del Consumo de Bebidas Alcohólicas en Puerto Rico.
El proyecto define bebidas alcohólicas como aquellas con más de 0.5 % de alcohol por volumen y considera menor de edad a toda persona que no haya alcanzado los 21 años.
“Puerto Rico pierde hasta $30 millones al año, o puede ser más, por no contar con una legislación uniforme como la de Estados Unidos, donde la edad mínima para comprar bebidas alcohólicas es 21 años. Aquí mantenemos el límite en 18 años, lo que nos coloca en desventaja económica y regulatoria, además de limitar herramientas efectivas de prevención. Actualizar esta política pública tendría un impacto fiscal positivo y Puerto Rico serviría como modelo de control y responsabilidad”, sostuvo el representante novoprogresista.
Además de las prohibiciones establecidas, el proyecto establece que los menores de 21 años tampoco podrán consumirlo en cualquier lugar público o privado, con excepción de ceremonias religiosas bajo supervisión eclesiástica. También prohíbe que terceros compren alcohol con el propósito de proveerlo a menores.
Las sanciones, agregó el representante por Camuy, Hatillo y Quebradillas, incluyen multas de $2,500 por la primera infracción y $5 mil por la segunda y subsiguientes. En el caso de establecimientos comerciales que incurran en más de dos violaciones, el tribunal podría ordenar la revocación permanente de la licencia para vender bebidas alcohólicas. Además, los expendedores deberán requerir identificación válida con foto para verificar la edad de los consumidores.
La medida dispone, además, que la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, junto al Departamento de Educación, desarrollen campañas educativas y programas de prevención sobre los efectos del consumo de alcohol en menores de edad con orientación en escuelas, universidades y medios.
De ser aprobado en la asamblea legislativa y convertirse en ley, este estatuto entraría en vigor en enero de 2029 para permitir la difusión de información y ajustes en las normativas del Gobierno de Puerto Rico y los comercios, entre otros.
