FEI refiere alcalde de Hatillo al Contralor Electoral
Los fiscales especiales Manuel Núñez Corrada y Zulma Fuster Troche realizaron múltiples entrevistas a diversos testigos y tomaron declaraciones juradas sobre el video de campaña que grabó el alcalde en su despacho oficial
El Panel sobre el FEI culminó hoy una investigación ante la querella recibida contra el alcalde de Hatillo, Carlos Roman Roman y refirió este a la Oficina del Contralor Electoral para que se examine la propiedad y buen uso de fondos públicos. El Departamento de Justicia evaluó Ia querella y le recomendó al Panel Ia designación de un FEI, al entender que había causa suficiente de que Román Román había incurrido en delito. La investigación de los fiscales especiales determinó lo contrario.
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Los hechos que imputados al alcalde ocurrieron durante Ia campaña primarista que tuvo lugar por la posición de alcalde. tras la renuncia de José A. “Chely” Rodriguez. Según el tracto que establece la Resolución del Panel, en marzo de 2022. William Xavier Rosales presentó ante el Departamento de Justicia una querella contra Roman Roman. por alegados hechos ocurridos mientras se desempeñaba como Alcalde interino de Hatillo.
Se alegaba que Roman Roman. aprovechando su posición, grabó un video de corte partidista en el despacho del Alcalde y utilizando personal del municipio.
Los fiscales especiales Manuel Núñez Corrada y Zulma Fuster Troche realizaron múltiples entrevistas a diversos testigos y tomaron declaraciones juradas sobre ello. Un ciudadano particular grabó el video, no cobro por el mismo y tampoco figura como contratista del municipio. El vídeo estuvo colgado en la red social Facebook por un breve perIodo de tiempo. Roman Roman admitió los hechos y así lo aceptó, ante la Oficina de Ética Gubernamental (OEG), y durante la pesquisa de los fiscales.
De hecho, antes de la intervención de Justicia y del referido al PFEI, Román Román había aceptado la imposición de multas de la OEG por 6 mil dólares. Los fiscales especiales le informaron al Panel que no presentarían cargos,
ya que considerada la totalidad de todas las circunstancias registradas, sería difícil demostrar una intención corrupta del alcalde, lo cual es una condición que el Tribunal Supremo ha determinado como base para establecer el delito.
Para cualquier trãmite ulterior según dictan las leyes aplicables, el caso será referido a la Oficina del Contralor Electoral. El Panel acogió la determinación de los fiscales Núñez Corrada y Füster Troche, ordenando el archivo en el ámbito penal del caso.