Panel sobre el FEI designa fiscales especiales independientes para investigar actuaciones de la exsecretaria de Vivienda
La secretaria de Justicia concluyó, que existe causa suficiente para creer que la entonces secretaria Pérez Peña, pudo haber incurrido en conducta relacionada con delitos contra la función pública
Tras recibir del Departamento de Justicia el informe de investigación preliminar sobre posibles actuaciones contrarias a la ley de la exsecretaria de Vivienda, Ciary Y. Pérez Pena, el Panel sobre el FEI (PFE), designó a las fiscales especiales independientes, Maricarmen Rodríguez Barea y Gisela Alfonso Fernández, para que realicen la investigación a fondo sobre el asunto.
En la comunicación de la Secretaria de Justicia, Hon. Lourdes Gómez Torres, se establece que la investigación preliminar realizada por la División de Integridad Pública y Oficina de Asuntos del Contralor (DIPAC), concluye, que existe causa suficiente para creer que la entonces secretaria Pérez Peña, pudo haber incurrido en conducta relacionada con delitos contra la función pública. Dicha investigación está sustentada por diversas declaraciones juradas que figuran en el expediente remitido ante la consideración del Panel.
La posible comisión de delito por parte de Pérez Pena consiste en la violación al Artículo 261 del Código Penal de Puerto Rico, que contempla el delito de Influencia Indebida, asi como el Artículo 4.2 (b) (e) (g) y (s) de la Ley Num. 1- 2012, conocida como, Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico.
La génesis del caso está cimentada en una comunicación de los honorables Ramon Torres Cruz y Swanny E. Vargas Laureano, Representantes por Acumulacién, en la cual solicitaron que se investigara la posible conducta constitutiva de delito de Pérez Pena, en relación con un centro de inspección ubicado en el municipio de Yabucoa, indicando que éste se encontraba localizado en una propiedad vinculada a dicha funcionaria, y en la que se alega supuesta conducta constitutiva de delito por parte de ésta.
Al analizar detenidamente este caso, los miembros del Panel determinaron que lo procedente en Derecho, era acoger la recomendación de Justicia. Además de que la entidad designó a los fiscales Rodriguez Barea y Alfonso Fernandez para que realicen la investigación a fondo, les facultó a proceder contra cualquier otro funcionario que haya incurrido en violaciones al ordenamiento en cuanto a los hechos denunciados.
Se debe tener presente que el grado de prueba que se recopila y considera durante el trámite de la investigación preliminar que realiza Justicia es distinto al que se recopila en el proceso de la investigación a fondo a cargo del FEI. Debido a ello, el Artículo 3 de la Ley 2-1988, según enmendada, conocida como, Ley de la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente, preceptúa, que el FEI tiene la facultad de instar las acciones criminales que procedan como resultado de las investigaciones que realice sobre los asuntos que se le asignen.



