El presidente de la Comisión de Asuntos Federales y de Veteranos de la Cámara de Representante, José Aponte, reiteró que el uso de los Vehículos Aéreos No Tripulados, mejor conocidos como ‘drones’ está prohibido, por reglamentación federal, en aeropuertos, muelles, bases y parques nacionales.
“Recientemente hemos observado en las redes sociales personas preguntando por qué en facilidades como el castillo de San Felipe del Morro existen letreros prohibiendo el uso de drones en esos predios. La respuesta es sencilla, la Parte 107 (La Regla de Pequeños Vehículos Aéreos No Tripulados), del Código de Regulación Federal Número 14 establece claramente que no se pueden volar drones en zonas cercanas a los aeropuertos, muelles, bases y parques nacionales. Este estatuto regula el uso de drones de menos de 55 libras, los que regularmente utilizan los ciudadanos”, comentó Aponte mediante un parte de prensa.
“Esta prohibición no es nueva, entró en vigor en el 2014 y la razón es importante, por la seguridad de quienes visitan estos parques nacionales pues los drones puedan tener accidentes y caer sobre personas o espacios designados como históricos, causando daños que podrían ser irreparables”, agregó el líder estadista.
Desde el pasado lunes ha surgido una controversia en las redes sociales sobre fotografías detallando los rótulos de no volar drones en el área del Morro. Algunos han interpretado esto como que es algo nuevo, lo que no es correcto.
El también expresidente cameral recordó que la regulación federal, además, requiere que todo operador de un drone debe obtener un Certificado de Piloto Remoto tras aprobar un examen de conocimientos aeronáuticos de la FAA cada 24 meses. Igualmente, todo dron debe estar registrado en la Administración Federal de Aviación, FAA por sus siglas en inglés.
Desde el 2013, Aponte ha estado involucrado en legislación para regular el uso de drones en Puerto Rico. Es el autor de la Ley 68-2021, mejor conocida como ‘Ley para limitar el uso de imágenes captadas por los Sistemas Aéreos no Tripulados’, la cual prohíbe el uso de estos vehículos para la grabación, toma de fotografías y vigilancia sobre propiedades privadas o zonas con expectativa razonable de privacidad.
