
Proponen devolver excedentes a patronos que prevengan accidentes laborales mediante reforma al Fondo del Seguro del Estado
La medida legislativa busca inyectar liquidez directa a la economía de Puerto Rico al premiar a empresas con baja siniestralidad, combatir el fraude patronal y exigir rendición de cuentas ante recientes hallazgos de la OIG
Con el fin de transformar una carga mandatoria en un motor de desarrollo económico y mejorar la compensación de la fuerza laboral, el representante del Distrito 31 (Caguas y Gurabo) Roberto J. López Román, anunció hoy la radicación de un proyecto de ley que creará el programa “Retorno de Capital Eficiente, Competitividad Patronal y Reinversión Productiva”. El P. de la C. 1507 enmienda la “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo” (Ley Núm. 45 de 1935) para establecer un mecanismo permanente y autosustentable que devolverá hasta un 50% de la prima pagada a los patronos del sector privado con historiales de seguridad de excelencia y cero reclamaciones
López Román explicó, “que el proyecto de ley introduce la “Lógica de Topes Actuariales”, un blindaje matemático que segrega las primas de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) para garantizar que las devoluciones provengan estrictamente del margen sobrante neto operacional de la corporación pública. De este modo, se asegura de forma absoluta la garantía de solvencia operacional, protegiendo el pago perpetuo de pensiones a trabajadores lesionados a largo plazo y la operación hospitalaria, lo que hace la medida fiscalmente neutral y en pleno cumplimiento con la Ley Federal PROMESA”.
“Poner estos recursos en manos de los empresarios locales moviliza el capital de forma inmediata, permitiéndoles reinvertir en la expansión de sus operaciones, en la adquisición de nueva tecnología y en la retención de su capital humano mediante incentivos salariales directos”, expresó López Román. El proyecto establece que el dinero devuelto no podrá utilizarse para dividendos personales ni gastos superfluos, sino que estará condicionado mediante certificación a áreas de desarrollo como bonos de productividad para empleados, mejoras a cubiertas de planes médicos privados, y equipos de seguridad ocupacional y ergonomía. Además, cualquier cantidad utilizada para estos fines estará cien por ciento (100%) exenta del pago de contribuciones sobre ingresos para el patrono.
El Representante señaló, “que la pieza legislativa también responde de forma contundente a las ineficiencias administrativas expuestas en el reciente Informe de Examen OIG-E-26-006 de la Oficina del Inspector General (emitido en mayo de 2026), el cual documentó graves fallas de facturación, demoras en pagos médicos y sobregiros contractuales”. El nuevo Artículo 28- B prohíbe que la CFSE trate automáticamente las ineficiencias internas como costos necesarios de operación para aumentar las primas, obligando a la Junta de Directores a publicar y ejecutar un Plan de Acción Correctiva estricto y transparente.
“Para proteger los derechos de la fuerza trabajadora y evitar el riesgo de que algún patrono intente ocultar accidentes laborales para cualificar para el reembolso, la medida crea un andamiaje robusto de fiscalización. Esto incluye un sistema mensual automatizado de cruce de datos con el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), un canal anónimo de alertas administrado por la OIG con protección a whistleblowers, y la tipificación de la coacción o compra de silencio del empleado como un delito grave de cuarto grado, penalizado con la revocación permanente del programa y el recobro del triple de lo devuelto”, destacó López Román.
Finalmente, el proyecto ordena la modernización tecnológica de la CFSE mediante la creación, junto a PRITS, de un “Tablero de Siniestralidad en Tiempo Real” dentro del portal electrónico de la agencia, donde cada comercio podrá monitorear su estatus, radicar su solicitud y elegir de forma automatizada si prefiere recibir su beneficio mediante un desembolso líquido en efectivo o un crédito directo para la renovación de su póliza del año entrante.



