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EXCLUSIVO | Representantes PNP radican medida para limitar el aborto

Los autores de la medida especificaron que crearon el proyecto de ley luego de la caída de la decisión Roe vs Wade de la Corte Suprema federal

La licenciada Yanira Reyes explico hoy en el programa Cuentas Clara que se ha radicado el Proyecto de la Cámara 1644, el cual limitaría el aborto hasta las 10 semanas, escrito por los representantes novoprogresistas Wilson J. Román,. José O. González y Er Yazzer Morales.

“Toda persona que permita, indique, aconseje, induzca o practique un aborto, o que proporcione, facilite, administre, prescriba o haga tomar a una mujer embarazada cualquier medicina, droga o sustancia, o que utilice o emplee cualquier instrumento u otro medio con el propósito de hacerla abortar; y toda persona que ayude a la comisión de cualquiera de dichos actos, salvo indicación terapéutica hecha por un médico debidamente autorizado a ejercer la medicina en Puerto Rico, para prevenir la muerte o incapacidad permanente de la madre gestante, o por anormalidad fetal severa diagnosticada por un obstetra que coloque en riesgo la vida de la madre o de la criatura en su vientre, o si la madre gestante fue violada y existe querella a esos fines en la Policía de Puerto Rico, y en este último supuesto el aborto se realiza dentro de las primeras 10 semanas de gestación de la criatura [, con vista a la conservación de la salud o vida de la madre]; será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres a veinticinco años”, lee la medida recién enviada a la Comisión de lo Jurídico.

“De esto aprobarse, lo que quiere decir es que, por razones de salud mental, las mujeres y las personas con capacidad de gestar no podrán adquirir servicios de terminación de embarazo”, explicó la licenciada Reyes. “Después de la décima semana, una mujer que haya sido violada, el estado la va a obligar a completar ese embarazo. Eso es tortura en cualquier lugar”.

“Toda mujer que procure de cualquier persona alguna medicina, droga o sustancia, y la tome, o que se someta a cualquier operación o a cualquier otra intervención quirúrgica o a cualquier otro medio, con el propósito de provocarse un aborto excepto [el caso de que fuere necesario para salvar su salud o su vida] por las razones conforme a lo dispuesto en el Artículo 98 de este Código, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de [tres (3)] veinticinco (25) años”, lee adicionalmente el proyecto de ley.

Si se aprueba, la ley entraría en vigor inmediatamente luego de su aprobación.

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