El Supremo de Panamá declara que el matrimonio del mismo sexo no es un derecho fundamental
Según el fallo, este tipo de unión "no pasa de ser una aspiración" y "carece de un reconocimiento convencional".
La Corte Suprema de Justicia de Panamá emitió un fallo, conocido el martes, que considera que el matrimonio entre personas del mismo sexo “no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental”.
Así, sostiene que el matrimonio igualitario “no pasa de ser una aspiración” y “carece de un reconocimiento convencional y constitucional”, por lo que no considera inconstitucional la frase “se prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo”.
La ponencia, a cargo de la magistrada María Eugenia López Arias, recoge que las normas sobre el matrimonio en el país “están objetiva y razonablemente justificadas en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad”.
La sentencia da respuesta a varias demandas presentadas desde el año 2016, que pedían la declaración de inconstitucionalidad de las leyes que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo, y que habían pedido el reconocimiento de al menos tres uniones de este tipo celebradas fuera de Panamá.
Esperando a instancias internacionales
“No es una sorpresa que la Corte haya fallado como ha fallado. Es una decepción que en Panamá las personas más débiles de nuestra sociedad, entre los cuales se encuentran las personas del colectivo LGTBIQ no reciban amparo de la Justicia“, ha declarado este jueves en Eco TV el abogado que interpuso las demandas, Carlos Ernesto González.
“No es una sorpresa”.
Carlos Ernesto González, Socio de Morgan & Morgan, sobre fallo de la CSJ en matrimonio igualitario.
En #RadioGrafía con @SusanCast y @HugoFamania por @ecotvpanama y @rpc_radio pic.twitter.com/m8i6JIbLSb
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El letrado dijo que el fallo era el resultado que esperaban desde el principio, pero que “la estrategia jurídica ha sido siempre pensando en terminar en las instancias interamericanas de derechos humanos, que es donde se hará justicia“.
González ha calificado de “una cosa muy vergonzosa” el hecho de que “desde instancias internacionales te digan que se tomó una decisión que violó los derechos humanos” de varias personas.
Fallo de la Corte Suprema de Justicia contra el matrimonio igualitario.
Habla @ivan_chanis Presidente de @figualespanama #RPCRadio pic.twitter.com/8Kay4UY1E9
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Además, el abogado predijo que la resolución “va a generar algún interés en el sistema interamericano porque es la primera vez que una Corte Suprema de Justicia de América Latina toma un fallo en rebeldía con las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.
La Convención Americana de Derechos Humanos forma parte del marco constitucional de Panamá y esta institución considera que el matrimonio igualitario es un derecho humano, puesto que se prohíbe la discriminación por orientación sexual, entre otros motivos.
En octubre de 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó un llamado vehemente a Panamá para que cumpliera de buena fe los estándares regionales destinados a garantizar los derechos de la población LGTBI.
Nota originalmente publicada por RT Español.