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Tribunal Supremo determina No Ha Lugar a moción de reconsideración de LUMA Energy
La empresa tendrá que entregar los documentos solicitados.
El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó “No Ha Lugar” a la solicitud de LUMA Energy por lo que la empresa tendrá que entregar la información solicitada por la Cámara de Representantes.
“Examinada la segunda solicitud de reconsideración, no ha lugar. Aténgase a lo resuelto por este Tribunal. Lo acordó el Tribunal y certifica el secretario del Tribunal Supremo (Javier O. Sepúlveda Rodríguez)”, reza la sentencia.
Tras la determinación de ese cuerpo judicial, LUMA tendrá que ir a una vista de desacato. Según el representante legal de la Cámara, Jorge Martínez Luciano, al momento no hay fecha pautada para esta vista.
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