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Tribunal Supremo determina No Ha Lugar a moción de reconsideración de LUMA Energy

La empresa tendrá que entregar los documentos solicitados. 

El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó “No Ha Lugar” a la solicitud de LUMA Energy por lo que la empresa tendrá que entregar la información solicitada por la Cámara de Representantes. 

“Examinada la segunda solicitud de reconsideración, no ha lugar. Aténgase a lo resuelto por este Tribunal. Lo acordó el Tribunal y certifica el secretario del Tribunal Supremo (Javier O. Sepúlveda Rodríguez)”, reza la sentencia.

Tras la determinación de ese cuerpo judicial, LUMA tendrá que ir a una vista de desacato. Según el representante legal de la Cámara, Jorge Martínez Luciano, al momento no hay fecha pautada para esta vista.

Noticia relacionada: LUMA Energy apela ante el Tribunal entregar información

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