El presidente de la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes, José ‘Cheito’ Hernández, informó hoy, jueves, que ya es ley la prohibición para que Luma Energy cierre querellas de servicio sin notificar antes al consumidor.
“El abuso que nos tenía acostumbrado Luma Energy de cerrar querellas por falta de servicio eléctrico sin corregir averías o notificar al cliente se acabó. Desde hoy, 15 de octubre, ellos tienen la obligación en ley de enviar un aviso al cliente cuando vayan a cerrar una de estas querellas. Si no lo hacen, es una vilolacion de ley”, explicó Hernández, autor del Proyecto de la Cámara 1364, el cual se convirtió en la mañana de hoy, jueves, en la Ley 207-2026.
“Esta Ley tiene ‘garras’ para proteger a nuestros consumidores. En el caso que el cliente responda que aún no se ha resuelto su querella, no se requerirá que este vuelva a realizar una querella, sino que, al responder al mensaje electrónico, el operador, en este caso Luma Energy, abrirá un evento y priorizará el mismo”, agregó el también representante por el Distrito #3 de San Juan.
De acuerdo a la Ley, una vez emitida la determinación final sobre la querella radicada, la empresa deberá enviar una notificación electrónica al cliente en la cual informe que la querella ha sido completada.
El cliente dispondrá de un término de hasta ocho horas, contadas a partir del envío de dicha notificación, para responder al cierre de las querellas relacionadas con interrupciones del servicio de energía. Para todas las demás querellas, el cliente dispondrá de un término de cinco días naturales, a partir del envío de dicha notificación, para responder. Si no se recibe respuesta dentro de ese término, la querella podrá darse por cerrada.
La nueva Ley enmienda la Sección 6 de la Ley Núm. 83 de 2 de mayo de 1941, (Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico) para añadir un nuevo inciso (q) para disponer que toda empresa que administre el sistema eléctrico de Puerto Rico, en este caso Luma Energy, deberá establecer y mantener un sistema de procesamiento de querellas que impida el cierre injustificado de reclamaciones sin resolución efectiva y disponer sobre la notificación al consumidor.
La iniciativa surge como respuesta a las constantes quejas que recibió Hernández en relación con el cierre de querellas sin ser atendidas.



