GobiernoNoticiasSeguridad

Activar “maquinaria del Estado” por expresiones en redes sociales es ilegal

Alertan que podrían violar derechos humanos

El presidente de la Comisión de Derechos Civiles (CDC), Hiram Meléndez Juarbe dijo el lunes que está alerta ante lo que catalogó como un posible patrón de investigaciones gubernamentales que podrían violar derechos humanos.

“Estamos observando con preocupación las manifestaciones recientes del comisionado del Negociado de la Policía, Henry Escalera, a los efectos de investigar a un ciudadano por expresiones realizadas a través redes sociales y en medios de comunicación en torno al gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló”, manifestó Meléndez Juarbe en declaraciones escritas.

Meléndez Juarbe le recordó a Escalera que la Comisión había advertido a la Policía, hace apenas dos meses, sobre la práctica inconstitucional de activar la maquinaria del Estado para investigar y amedrentar a personas por emitir expresiones críticas de sus gobernantes.

“En el Informe titulado “Vigilancia Gubernamental y Protesta Pública en Puerto Rico” la CDC le advirtió específicamente al Comisionado que constituye una práctica inconstitucional utilizar la autoridad del Estado para intimidar a ciudadanos cuando se expresan en contra del Gobierno”, apuntó.

“Nos preocupa la posibilidad de que exista un patrón en la Policía, por lo que lo ocurrido en los pasados días no puede verse como un caso aislado”, añadió al detallar que “en nuestro sistema de derecho, los funcionarios del Negociado de la Policía de Puerto Rico deben abstenerse de incurrir en conductas, prácticas o expresiones que tengan el efecto de disuadir el ejercicio de las libertades civiles y los derechos a la libertad de expresión y de asociación”.

Para Meléndez Juarbe, es esencial que las agencias de orden público eviten tomar acción o emitir expresiones críticas contra personas por el solo hecho de que éstas se manifiesten públicamente en redes sociales o cualquier otro medio independientemente de que las mismas sean cáusticas, agresivas o punzantes.  “Sólo es constitucionalmente permisible la acción gubernamental en aquellos casos en que las expresiones en cuestión constituyan una ‘amenaza real’, según este concepto es definido constitucionalmente, o una incitación a la violencia que, con alta probabilidad o certeza vayan a conducir a la violación inminente de la ley. Ausente estas circunstancias extremas, el gobierno no puede crear condiciones de temor en la población de que sus expresiones constitucionalmente protegidas están siendo vigiladas y que posiblemente serán castigadas o referidas a agencias federales”.

El Informe con fecha del 25 de abril del 2019, del cual hace mención el presidente, se publicó tras una Investigación de la Comisión de Derechos Civiles sobre vigilancia policiaca en redes sociales alrededor de las protestas del 1ro de mayo de 2017. En esa ocasión la CDC examinó manifestaciones de la entonces Superintendente de la Policía, Michelle Hernández Fraley, a los efectos de que monitoreaba las redes sociales de los y las manifestantes en anticipo a las actividades del 1ro de mayo.

“No podemos olvidar que la Comisión identificó varias instancias en que la Policía de Puerto Rico refirió al FBI a personas por supuestas amenazas cuando en realidad se trató de expresiones constitucionalmente protegidas en redes sociales en torno a esas protestas. Uno de estos comentarios condujo al arresto por el FBI de una persona dos días previos a las protestas del primero de mayo de 2017, radicándosele cargos que eventualmente fueron desestimados”, mencionó Meléndez Juarbe, quien asume la presidencia del organismo público tras el vencimiento de término de la otrora juez del Tribunal Superior, Georgina Candal Segurola.

Asimismo, advirtió que aun cuando el Comisionado tiene la facultad legítima, bajo la Ley de Armas, de revisar dichas licencias, debe ejercerse con sumo cuidado. “Luego de un estudio jurídico minucioso, en el Informe de abril de 2019 la Comisión de Derechos Civiles advirtió al Comisionado de la Policía que solamente las llamadas “amenazas reales” -o “true threats” según el Tribunal Supremo de Estados Unidos- pueden restringirse de conformidad con la garantía a la libertad de expresión en la Primera Enmienda.  La ‘amenaza real’ es la que se hace con la intención seria de causar temor de daño a otra persona y su prohibición se justifica por el interés legítimo de proteger a las personas contra el miedo que se puede sentir ante un riesgo de violencia.

“Por esta razón, es ilegal que un funcionario público active la maquinaria del Estado ante expresiones críticas contra un gobernante, aunque estas expresiones se emitan en términos cáusticos o estridentes. La población tiene el derecho de expresarse con relación a funcionarios públicos a menos que, de manera extraordinariamente excepcional, constituyan una amenaza que sea patente y clara, o de naturaleza difamatoria, de conformidad con jurisprudencia constitucional muy exigente”, concluyó.

Show More

Related Articles

Back to top button