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Desestiman solicitud de interdicto de LUMA Energy

El juez Alfonso Martínez desestimó la solicitud de LUMA Energy de limitar manifestaciones de la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER) porque no presentaron suficiente evidencia para sostenerla.

La sentencia lee que, “tras culminar con el desfile de la prueba, los codemandados liberaron su solicitud de desestimación por ausencia de prueba y por falta de jurisdicción del tribunal en atención a los lineamientos de la Ley Núm. 50… Tras evaluar detenidamente la evidencia testifical y documental presentada y creída por el Tribunal en la referida vista bajo el estándar probatorio aplicable, así como los hechos estipulados, la moción para que se tome conocimiento judicial y su respectiva oposición y otros documentos que obran en el expediente, se hacen las siguientes determinaciones de hechos: 1) LUMA Energy, LLC es una compañía de responsabilidad limitada registrada el 17 de enero de 2020 en el Departamento de Estado de Puerto Rico con número de registro 439372. 2) LUMA Energy ServCo, LLC es una compañía de responsabilidad limitada registrada el 17 de enero de 2020 en el Departamento de Estado de Puerto Rico con número de registro 439373. 3) La codemandada Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego de Puerto Rico” y unas 33 determinaciones más.

El juez concluyó que “el interés público, asunto que el tribunal debe tomar en consideración al atender cualquier solicitud de injunction, aconseja que aclaremos que esta determinación no implica que persona alguna esté autorizada a obstaculizar ilegalmente el acceso a las instalaciones para la transmisión y distribución de energía eléctrica administradas por la parte demandante; ni de colocar en riesgo mediante conducta ilícita la continuidad de las operaciones de este servicio esencial.

El juez lo expresó al recordar que la Policía debe investigar, tal cual es su deber, conducta delictiva relacionada a las instalaciones del sistema eléctrico así como que la compañía energética privada podría traer cualquier otra reclamación que entienda al tribunal.

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