Entra en vigor salario mínimo de $9.50 por hora
No obstante, el alza no aplica a empleados en el gobierno ni a contratistas
El pasado sábado 1ro de julio los trabajadores por hora comenzaron a cobrar un salario mínimo de $9.50, tal como se estipuló por ley, y que podrán ver tan pronto como en su próximo cheque.
El abogado laboral Jaime Sanabria explicó en Pega’os en la Mañana que las empresas no tienen la opción de no pagar, pues es mandatario, por lo cual nadie puede acogerse al salario mínimo anterior de $7.25. Asimismo, detalló que empleados exentos, de empresas agrícolas, municipios, empleados del Gobierno, empleados que se califican como ejecutivos o administradores no serán parte del alza.
De igual forma, el nuevo aumento tampoco aplica a contratistas independientes, puesto que ya definen su salario con el patrono y no están protegidos por leyes laborales. No obstante, advirtió que hay empleadores que califican a personas como empleadas pero, en la práctica, les exigen como a un empleado. Según Sanabria, patronos acuden a esta modalidad para evitar aplicar los beneficios tal como exige la ley.
El abogado señaló algunos criterios establecidos por el Tribunal Supremo y la Reforma Laboral para definir cuando se es empleado o contratista, que variará en función de dos ejes principales: si los servicios aportan a la esencia de la empresa y si hay un control en relación con aspectos como exigencia de horario, que se pidan procedimientos específicos para completar las labores o si se le proveen materiales al empleado, entre otros.
La idea general apunta a que el contratista tendrá libertades a la hora de ejercer su trabajo y, de paso, puede rendir servicios a otros patronos.
Quienes no reciban su aumento en la próxima nómina pasado el 1ro de julio, podrán comunicarse con el Departamento del Trabajo para rendir una queja o reclamación.