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Gobernadora da paso a la apertura casi total de la economía

Toque de queda será de 10:00 p.m. a 5:00 a.m.

La gobernadora Wanda Vázquez Garced anunció el jueves la Orden Ejecutiva 2020-044, que deja sin efecto el cierre de negocios (“lockdown”) y establece que el horario permitido para salir de las residencias será de 5:00 de la mañana a 10:00 de la noche.

Esta nueva Orden Ejecutiva tendrá efecto por 14 días, desde el 16 de junio hasta el 30 de junio de 2020.

“Si olvidamos esas lecciones aprendidas y si hay un pico en los casos en hospitalización, en intensivo o en el uso de los ventiladores o en el peor de los casos, en las muertes relacionadas al COVID, no tendré otra opción o remedio que retomar los Toques de Queda”, dijo la gobernadora en conferencia de prensa.

A preguntas de porqué mantiene el Toque de Queda, Vázquez Garced alegó que “es necesario porque siempre tenemos que mantener un control en  nuestras calles y dar espacio a que los establecimientos puedan abastecerse, que puedan tomar medidas de higienización”.

La gobernadora explicó que con la eliminación del ‘lockdown’,  todos los negocios autorizados a operar en las órdenes ejecutivas anteriores podrán operar de lunes a domingo dentro del horario permitido durante el toque de queda, tomando las medidas cautelares de protección, como el uso de mascarillas y el  distanciamiento social. No se permite el aglomeramiento de personas.

Esto incluye los negocios que se dedican al expendio de bebidas alcohólicas.

“Y yo les hago una exhortación. No abusemos. El dueño de un establecimiento de bebidas alcohólicas, si no lo hacemos de manera prudente, vamos a provocar que sea el primer sector que se cierre. No podemos permitir que se me queden frente al negocio compartiendo y formando grupos. No queremos situaciones con la Policía. No pueden formar grupos afuera. La Placita (de Santurce) no puede estar. No podemos abusar “, sostuvo la gobernadora.

En el caso de las escuelas, a partir del 16 de junio pueden comenzar los preparativos para el próximo semestre. Cuestionada sobre si será discreción de la escuela privada decidir si da clases presenciales o virtuales, la gobernadora contesto que “vamos a mantener el dialogo con los encargados de los colegios privados. Porque si ese colegio privado no está preparado y no tiene la infraestructura para permitir el distanciamiento social, evidentemente no podrá empezar. Todo depende de la infraestructura de cada colegio. Lo recomendable seria que utilizaran todo este tiempo para prepararse, para que puedan empezar en el mes de agosto de manera presencial. Eso lo vamos a discutir con ellos y ellos tomaran la determinación”.

Sobre los centros de cuido de menores, a partir del 16 de junio se comenzará a preparar el proceso que permita la apertura de servicios el primero de julio. El Departamento de la Familia será el encargado de trabajar las guías que deberán seguir los centros de cuido.

En el caso de la transportación publica, se permitirá la operación de Empresas de Redes de Transporte (Uber, Lyft, etc), taxis y porteadores públicos. La Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA) y el Tren Urbano, todavía no comenzarán operaciones.

La gobernadora mencionó que en la última fase (que todavía no tiene fecha de comienzo) se abrirán las discotecas, casinos y lugares que permiten actividades multitudinarias.

Entre las nuevas medidas, Vázquez Garced indicó que, a partir del 16 de junio de 2020, los restaurantes podrán operar durante los horarios permitidos en el toque de queda y los salones comedores pueden permanecer abiertos para comensales, siempre y cuando su operación se mantenga por debajo del 50 por ciento de la ocupación máxima definida por el código de edificación vigente en Puerto Rico (PR Building Code 2018). Se mantiene la ocupación de estos mediante reservación, de forma tal que se pueda mantener un control respecto a la cantidad de comensales que coincidan en el interior del lugar.

Los espacios al aire libre podrán abrir, siempre y cuando cumplan con las medidas de distanciamiento social, la autorización del Departamento de Salud y las guías del CDC, PR-OSHA para COVID-19.

En las actividades recreativas y deportivas al aire libre, se permitirá, durante los horarios permitidos, reanudar parcialmente, el entrenamiento deportivo y recreativo de manera individual. Se permitirá el uso limitado de las playas, reservas, campos de golf, parques, canchas y gimnasios, sujeto a las directrices y restricciones dispuestas por el gobierno de Puerto Rico, la secretaria del Departamento de Recreación y Deportes, o el municipio en el que radique la facilidad. Además, se autoriza la apertura de playas y balneario para bañistas, mas no se permite la socialización ni agrupamiento de personas sin las medidas cautelares y el distanciamiento social. Las sillas de playa y neveritas sí están permitidas.

Asimismo, los gimnasios podrán operar durante los horarios permitidos en el toque de queda, cumpliendo con las recomendaciones del CDC, el Departamento de Salud y las normas COVID-19 de PR-OSHA, incluyendo el parámetro de separación de seis pies de distancia, el uso obligatorio de mascarilla, el lavado frecuente de manos y los protocolos que hayan establecido para COVID-19. No deberán exceder la ocupación máxima equivalente al 50 por ciento de la capacidad establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico.

En lo que se refiere a los centros comerciales, tanto los de formato abierto como los de formato cerrado, podrán operar de lunes a domingo durante los horarios permitidos en el toque de queda. La ocupación de los centros de formato cerrado se cambió a razón de una persona por cada 75 pies cuadrados de área.

Otros aspectos nuevos en la Orden Ejecutiva son que se añadieron las agencias de publicidad con una ocupación que no exceda del 50 por ciento de la capacidad establecida en el código de edificación vigente. Podrán operar de lunes a domingo durante los horarios permitidos en el toque de queda, mediante cita previa cumpliendo estrictamente con las medidas cautelares respecto al uso de mascarillas, evitando la conglomeración de personas y cumpliendo con el distanciamiento social.

Promoviendo la venta de boletos y concesionarios de forma electrónica, se añadieron los cines y autocines. Ambos están autorizados a operar de lunes a domingo durante los horarios permitidos en el toque de queda. Se autorizó, además, las operaciones de la industria fílmica.

Los “spas” y estéticas se incluyeron a los comercios exentos y podrán operar de lunes a domingo durante los horarios permitidos en el toque de queda, mediante cita previa y con volúmenes reducidos, con un cliente por cada proveedor de servicio.

Los museos podrán operar con igual restricción de la venta de boletos y concesionarios de forma electrónica con el límite de ocupación equivalente al 50 por ciento de la capacidad establecida en el código de edificación vigente.

Los mercados agrícolas podrán operar, siempre y cuando cumplan con las medidas cautelares y el distanciamiento social para prevenir la propagación de COVID-19.

Como parte de la infraestructura crítica de telecomunicaciones y en consideración a lo esencial de los servicios, las compañías de telecomunicaciones ofrecerán los servicios al público en general de lunes a domingo durante los horarios permitidos en el toque de queda, cumpliendo con las más estrictas medidas de salubridad, seguridad e higiene, y estableciendo los controles necesarios para lograr el distanciamiento social, el establecimiento de las medidas cautelares y evitar la propagación del virus.

En este sentido, se permite la apertura de las atracciones de aventura, siempre y cuando no excedan la ocupación máxima equivalente al 50 por ciento de la capacidad establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico. De igual forma, se permitirá el uso de las áreas comunes en hospederías y paradores, siempre y cuando no excedan la ocupación equivalente al 50 por ciento de la capacidad.

Otro aspecto nuevo en la Orden Ejecutiva es que a partir del 16 de junio de 2020, se autoriza la utilización de espacios abiertos o estacionamientos públicos y privados para la presentación de eventos tipo “drive in”, proyección de películas, graduaciones, conciertos y presentaciones previamente grabadas. A partir del 15 de julio de 2020, se autorizará el comienzo de la apertura gradual de “venues” para eventos y conciertos, cumpliendo con los estándares del CDC, el Departamento de Salud y las normas COVID-19 de PR-OSHA, incluyendo el parámetro de separación de seis pies de distancia, el uso obligatorio de mascarilla, el lavado frecuente de manos y la desinfección del establecimiento diariamente, según los protocolos establecidos por la industria.

Toda iglesia, templo, mezquita y/o sinagoga podrá realizar servicios presenciales dentro de los horarios permitidos en el toque de queda de lunes a domingo.

La Orden Ejecutiva establece además que, con el propósito de continuar el proceso paulatino y ordenado del regreso de los empleados públicos a sus lugares de trabajo, además de las áreas que comenzaron a laborar presencialmente el primero de junio, a partir del 16 de junio deberán a comenzar a trabajar en sus respectivas agencias todos los empleados de confianza. Cada jefe de agencia deberá mantener todas las medidas de seguridad, salud y control de infecciones establecidas en el Plan de Manejo de Riesgos y Control de Exposición COVID-19. La gobernadora explicó que espera que para mediados de julio todos los empleados públicos regresen a sus lugares de trabajo.

En el área de la salud, se autoriza la apertura de los centros de terapia, siempre y cuando se sigan los parámetros del distanciamiento social y el fiel cumplimiento con las medidas cautelares.

Finalmente, las lavanderías o “laundromats” podrán abrir al público en general de lunes a domingo, durante los horarios permitidos en el toque de queda, cumpliendo, estrictamente, con las medidas cautelares del uso de mascarillas, el lavado de manos frecuentemente y respetando el distanciamiento social; Para esto, deberán asegurarse de que no se exceda la ocupación máxima equivalente al 50 por ciento de la capacidad establecida.

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