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Junta de Planificación radica moción para asegurar el cumplimiento de sentencia en caso del Condominio Sol y Playa

El Tribunal de Primera Instancia había concedido un término de 120 días, que vencieron el 1 de marzo, para completar la demolición de las obras en el complejo de vivienda

La Junta de Planificación (JP), presentó hoy ante el Tribunal de Primera Instancia una moción en la cual se solicita que se tomen medidas para asegurar que el Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa cumpla con la orden del tribunal para demoler la construcción realizada en la propiedad y devolverla a su estado natural, anunció el presidente de la JP, el planificador Julio Lassús Ruiz.

Lassús Ruiz, informó que “la agencia presentó hoy ante el Tribunal de Primera Instancia una moción en la que solicita que se tomen medidas para asegurar que el Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa cumpla con lo ordenado por dicho foro el pasado 14 de febrero de 2022. En su moción, la JP solicita que se le ordene al consejo de titulares, que muestre causa, en un término de diez (10) días, por la cual incumplió con la orden emitida por el tribunal y que se le imponga una multa de $10,000 por el incumplimiento”.

“El 14 de febrero de 2022, el Tribunal emitió una Sentencia Final en la que declaró nulo el Permiso de
Construcción Consolidado Núm. 2020-344034-PCOC-010814, decretó la paralización de las obras de
construcción comenzadas en la propiedad y ordenó al consejo de titulares demoler cualquier obra de
construcción realizada bajo el referido permiso, así como los escombros generados para devolverla a su
estado natural. El tribunal concedió para ello un término de 120 días, que venció el 1 de marzo de 2023.
“Estamos cumpliendo con nuestro deber fiscalizador. La JP ha sido deferente y respetuosa de las etapas
de este proceso. Los tribunales nos han dado la razón por lo que estamos tomando medidas para hacer
la sentencia”, enfatizó Lassús Ruiz.

El Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa presentó varios recursos de revisión ante el Tribunal de Apelaciones y ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico, ambos cuerpos confirmaron la sentencia emitida por el Tribunal de Instancia. De este modo, la sentencia emitida el 14 de febrero de 2022 advino final y firme el 1 de noviembre del pasado año. Es por esta razón que el término de los 120 días comenzó a decursar desde entonces y concluyó el 1 de marzo de 2023.

Lassús Ruiz explicó que “aunque el Consejo de Titulares informó que había contratado un ingeniero para a comenzar el proceso de permisología, al momento no ha cumplido con lo ordenado por el tribunal. El personal de la JP reinspeccionó la propiedad el 2 de marzo de 2023 y encontró que el Consejo no había demolido las obras objeto de la demanda presentada ni tampoco había solicitado ni obtenido un permiso de demolición de obras ante la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe)”. “Hicimos la debida gestión para validar si se había cumplido con lo ordenado. Este seguimiento y corroboración es parte esencial del trabajo de fiscalización de la  agencia. Por lo cual, tomamos la determinación de presentar esta moción. La JP continuará fiscalizando tanto a nivel administrativo como en el foro judicial para hacer vale la ley”, concluyó Lassús Ruiz.

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