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Maestros logran pago de licencias acumuladas a jubilados

El Gobierno avaló el desembolso de $4.5 millones para los retirados.

La presidenta de la Asociación de Maestros de Puerto Rico (AMPR), Aida Díaz, aseguró el viernes que ya se firmó el acuerdo con la Junta de Control Fiscal (JCF) y que el Gobierno de Puerto Rico avaló el desembolso de 4.5 millones de dólares para el pago de licencias por enfermedad a los cientos de maestros que se les aprobó su retiro en o antes del 31 de marzo de 2017.

“Son buenas noticias, porque esos maestros tienen derecho a ese pago hasta un máximo de 90 días. Para nosotros es una victoria porque había que hacerles justicia a todos estos educadores y otorgarles lo que por derecho les corresponde. Por eso es tan importante pertenecer al sindicato exclusivo del magisterio porque somos nosotros quienes defendemos los intereses del magisterio”, expresó Díaz en una comunicación escrita.

Señaló que la AMPR y la JCF, con la cooperación del Departamento de Educación acordaron un mecanismo para efectuar la notificación de los requisitos con los que debe cumplir aquel maestro elegible para poder recibir el pago de las licencias por enfermedad acumuladas.

“Entre los requisitos principales de elegibilidad bajo el acuerdo está que el retiro de ese maestro haya sido efectivo al finalizar el año escolar 2016-2017 y que este no haya sido empleado con posterioridad del Departamento de Educación”, dijo la líder magisterial.

Explicó que la AMPR publicará en periódicos de circulación general de Puerto Rico, en uno de Orlando, Florida y en las redes sociales de la AMPR el aviso detallando la fecha límite que tendrán los maestros elegibles bajo el acuerdo para registrarse con la AMPR y proveer los documentos que demuestren su elegibilidad para recibir el pago de su licencia por enfermedad acumulada, hasta un máximo de 90 días.

“Aquellos maestros elegibles que forman parte del caso de epígrafe: Asociación de Maestros de Puerto Rico et als. v. Departamento de Educación et als, Caso Núm. SJ2017CV00542 ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior del Centro Judicial de San Juan, y que cumplan con los requisitos establecidos en el acuerdo, deberán proveer a la AMPR aquella evidencia necesaria para acreditar su balance de licencia por enfermedad acumulada y que su retiro haya sido efectivo al finalizar el año escolar 2016-2017”, explicó Díaz.

Los maestros elegibles bajo el acuerdo, pero que no forman parte de esta demanda tendrán una fecha límite que se informará en la notificación publicada en el periódico para que puedan registrarse con la AMPR y proveer la evidencia necesaria para acreditar su balance de licencia por enfermedad acumulada.

Requisitos para cualificar para el pago

  • Maestro presentó su solicitud de retiro en o antes del 31 de enero de 2017
  • Maestro recibió o debió haber recibido la decisión de retiro para el 31 de marzo de 2017
  • Maestro se retiró al finalizar el segundo semestre del año 2016-2017 o en verano de 2017
  • Poseía balance de enfermedad (se reconocerá un máximo de 90 días)
  • No ha sido re empleado por el DE en ninguna capacidad desde su retiro.

Si el maestro cumple con estos criterios y está en la demanda que radicó la Asociación:

  • Tiene que asegurarse es que la AMPR posea la evidencia de que se retiró (hoja 409) y la hoja que certifica el balance de enfermedad que poseía al momento de retiro.

Si el maestro cumple con estos criterios y no está en la demanda:

  • Tiene que esperar que se realice la publicación del aviso y cumplir con los requisitos que se indica. Sin embargo, puede ir recopilando los documentos que tendrá que presentar: 1) evidencia de que se retiró (hoja 409) y la hoja que certifica el balance de enfermedad que poseía al momento de retiro.

Todo maestro que tenga dudas debe comunicarse al 767-2020 extensiones 1275, 1278, 1350 y 1739 para orientación.

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