Piden que se legisle para que confinados beneficiarios del pase extendido apliquen bajo una condición severa incapacitante
Tras una enmienda anterior, el reglamento actual es muy amplio y facilita a decenas de confinados la excarcelación
El presidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), Manuel Quilichini, mostró preocupación ante la falta de precisión con un reglamento en el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) que es muy amplio al momento de considerar qué confinados cualifican para recibir un pase extendido, como sucedió con el exconvicto Hermes Ávila Vázquez.
Quilichini se refiere al Reglamento del Programa de Inserción Comunitaria, que antes incluía un término que hacía referencia a que los casos a considerar eran aquellos de confinados con condiciones severas incapacitantes. Sin embargo, tras una enmienda en 2020, se cambió a condiciones serias limitantes.
“El reglamento 9288, que fue aprobada recientemente, ese define la condición incapacitante como aquella que no permite que el confinado pueda disfrutar de los programas de rehabilitación. El problema que eso trae es que eso es tan amplio que más de 400 personas pudiesen cualificar. Dentro del sistema correccional una persona que tiene una condición limitante, usualmente es residente de lo que se llama un dormitorio médico porque necesita algún tipo de ayuda de una enfermera o de otro personal médico. Pues técnicamente hablando, bajo el nuevo reglamento, todos los que estén en dormitorio médico pudiesen cualificar para pase extendido, y ese no es el espíritu ni de la ley ni del reglamento original“, especificó el abogado, quien abogó porque se legisle en el tema.
De otra parte, el abogado se mostró disponible para comparecer ante el Senado, sea en forma de vista pública o emitiendo un memorial, si el alto cuerpo así lo solicita, mientras investiga las circunstancias bajo las cuales Ávila Vázquez quedó en libertad.
Asimismo, afirmó que bajo su dirección en el área de salud correccional con otra empresa que no era Physician Correctional, una doctora no recomendó la salida de Ávila Vázquez, puesto que no cumplía con los requisitos para ser excarcelado al amparo de la Ley 25.
“Hermes Ávila solicitó que se le diese el beneficio del pase extendido y a diferencia de esta última ocasión, el médico de la institución no lo recomendó. Al no recomendarlo, no hubo necesidad de activar un panel de médicos porque si no tiene esa recomendación inicial, ahí muere todo. Él no estuvo satisfecho y reclamó, y los tribunales nos dieron la razón. En aquel entonces, la métrica que nosotros usábamos era que tuviese una condición seria limitante. Por ejemplo, para nosotros, la paraplejía no necesariamente era una condición limitante que cualificase“, añadió.