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Demandan a Ciudad Deportiva Roberto Clemente por “entorpecer” transferencia de terrenos al Departamento de Recreación y Deportes

El Gobierno argumenta que Ciudad Deportiva está entorpeciendo el proceso establecido por ley para completar la transferencia de los terrenos, así como las edificaciones, propiedades y administración de dicha entidad, al Departamento de Recreación y Deportes

A los fines de lograr el cumplimiento de la Ley 67-2022, que le devolvió al Estado la titularidad de los terrenos donados a la Ciudad Deportiva Roberto Clemente, el Gobierno de Puerto Rico, a través del Departamento de Justicia, presentó este miércoles una demanda en contra de la corporación a la que hace 48 años se le entregaron cientos de cuerdas de terreno con la condición de desarrollar facilidades deportivas para la juventud puertorriqueña.

El Gobierno argumenta que Ciudad Deportiva está entorpeciendo el proceso establecido por ley para completar la transferencia de los terrenos, así como las edificaciones, propiedades y administración de dicha entidad, al Departamento de Recreación y Deportes; provocando, a su vez, que el Estado incumpla lo dispuesto en el estatuto y se atrase el desarrollo del Distrito Deportivo Roberto Clemente.

“A pesar de todos los esfuerzos realizados para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 67-2022, Ciudad Deportiva ha obstaculizado e impedido el trabajo de los servidores públicos del Estado para que se inscriban los terrenos de acuerdo con lo dispuesto en el referido estatuto y para que, finalmente, el Gobierno pueda lograr su política pública de desarrollo pleno del deporte a través del Distrito Deportivo Roberto Clemente”, lee la demanda presentada en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, en la cual figuran como codemandantes la Administración de Terrenos (AT) y el Departamento de Recreación y Deportes (DRD).

Según el recurso legal, las acciones de Ciudad Deportiva han impedido que el Estado pueda realizar la inspección y mensura del terreno para poder otorgar la escritura pública requerida para inscribir nuevamente en el Registro de la Propiedad los terrenos revertidos a nombre del Estado. El escrito señala directamente que Luis R. Clemente, presidente de la corporación demandada, informó a la Administración de Terrenos que no permitiría el acceso al predio, pues no está de acuerdo con lo dispuesto en Ley 67-2022. “Al presente no se ha podido tan siquiera comenzar los trabajos preparatorios destinados a dar cumplimiento con la Ley Núm. 67-2022, por los actos e inacciones de Ciudad Deportiva y el señor Luis R. Clemente”, sostiene el Estado.

Ante esto, el Gobierno le solicita al tribunal que “emita un injunction preliminar en el que ordene a Ciudad Deportiva a cesar y desistir de obstruir el cumplimiento con la Ley Núm. 67-2022 y conceda la posesión inmediata de los terrenos en cuestión al Estado”, mientras se decreta mediante sentencia declaratoria que la titularidad de las parcelas de terreno y mejoras de la Ciudad Deportiva le pertenecen al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, específicamente, al DRD.

“Los terrenos que fueron destinados para el disfrute y desarrollo del deporte y la actividad física de la juventud y el pueblo puertorriqueño llevan medio siglo secuestrados, abandonados, sin mantenimiento, y en grave desuso, por Ciudad Deportiva, es decir, están inertes, sin cumplir su propósito y está perdiendo su vida útil y uso público para el que fue destinado. Lo anterior está en clara violación a las condiciones de donación que se establecieron en la escritura, por lo que el interdicto preliminar es necesario para obtener la posesión inmediata en lo que se dilucidan los procesos sobre sentencia declaratoria”, establece el recurso.

“Hoy, el Estado no tiene otro remedio ordinario en ley para exigir, compeler y obligar a la Ciudad Deportiva a proveer acceso a los funcionarios de la Administración de Terrenos, de modo que puedan realizarse todas las gestiones necesarias para traspasar los terrenos en controversia, a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, conforme al mandato de la Ley  67-2022”, puntualiza.

En el 1973, se aprobó la Ley 133 de 9 de junio de 1973, mediante la cual se autorizó a la Administración de Terrenos de Puerto Rico a donar a la Ciudad Deportiva Roberto Clemente, Inc., cientos de cuerdas de terreno para desarrollar facilidades deportivas y preservar el legado del pelotero puertorriqueño, Roberto Clemente Walker.

A esos efectos, se otorgó una escritura de Cesión y Traspaso Mediante Donación, en la cual las partes establecieron que los terrenos donados se destinarían total y exclusivamente, para los propósitos de proveer facilidades donde la juventud puertorriqueña adquiriese conocimientos básicos, especializados e intensivos sobre los deportes.

Sin embargo, tras 48 años de administración, Ciudad Deportiva no ha cumplido la encomienda con la que se obligó en el año 1973. A pesar de las aportaciones millonarias recibidas, el Estado reclama que “el compromiso realizado, es decir, de desarrollar facilidades deportivas para la juventud y la ciudadanía nunca se materializó”.

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