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Gobierno da paso a extensión del contrato suplementario de LUMA Energy

El gobernador recordó que aún con esta extensión, se le puede cancelar el contrato si incumple sustancialmente con sus obligaciones y que no corrige ese incumplimiento en el tiempo establecido

El gobernador, Pedro Rafael Pierluisi Urrutia, junto al director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP), Fermín Fontanés Gómez y el presidente de la Junta de Directores de la AAPP, Omar Marrero, informaron el miércoles, la aprobación, tanto en la Junta de Directores de la AAPP como en la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), de la extensión del periodo del acuerdo suplementario bajo el cual la empresa Luma funge como operador del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica en la Isla.

“Cabe señalar que esta extensión no es una nueva transacción creando una alianza público-privada para la administración de activos de la Autoridad de Energía Eléctrica.  Es cuando la Junta de Directores de la Autoridad de las APP tiene ante su consideración una transacción de esta naturaleza que la Ley 120 del 2018 que regula la transformación energética en Puerto Rico requiere el voto afirmativo de los miembros de su Junta que representan el interés público. La extensión del acuerdo suplementario obliga a LUMA a continuar administrando y mejorando el sistema de transmisión y distribución de energía en Puerto Rico hasta tanto la Autoridad de Energía Eléctrica complete su proceso de reestructuración de deuda, el cual se está llevando a cabo ante el Tribunal federal conforme al Título III de la Ley Promesa. Los términos del acuerdo y la compensación de LUMA se mantendrán igual que al presente durante ese periodo de tiempo”, sostuvo Pierluisi Urrutia en conferencia de prensa.

Explicó que el proceso de la quiebra de la Autoridad de Energía Eléctrica en curso puede acabar de dos formas. Por un lado, el Tribunal puede confirmar un plan de ajuste de deuda para la Autoridad o desestimar la petición de reestructuración ante su consideración. Si el tribunal confirma un plan de ajuste para la Autoridad de Energía Eléctrica entonces entrarían en vigor todas las disposiciones del contrato de 15 años entre la Autoridad de las APP, la Autoridad de Energía Eléctrica y LUMA que se firmó a mediados del 2020. En ese momento, cambiará la cuantía del pago a la empresa y se establecerá un sistema de bonificaciones o penalidades a LUMA a base de su desempeño. En caso de que el Tribunal federal desestima la petición de quiebra de la Autoridad, LUMA tendría que continuar rindiendo sus servicios conforme a un plan de transición que ya ha sido acordado por las partes y aprobado por el Negociado de Energía de Puerto Rico.

“Todos queremos que se logre la transformación de nuestro sistema eléctrico a uno moderno, resiliente y a base de fuentes de energía renovable. Todos queremos que se agilice la reconstrucción y modernización de nuestra red eléctrica para que tengamos un servicio confiable. Todos queremos que tanto LUMA como la Autoridad de Energía Eléctrica mejoren su desempeño para tener un servicio eléctrico más estable. Todos queremos que se realicen los proyectos de energía solar a gran escala que están en proceso para que tengamos suficiente generación de energía de fuentes renovables. Todos queremos que el gobierno siga incentivando la instalación de placas solares y baterías a nivel industrial, comercial y residencial y todos queremos que la Autoridad de Energía Eléctrica salga de la quiebra, que evitemos que el tribunal nombre un síndico por solicitud de sus bonistas y que logremos un recorte significativo en su deuda para que no se afecte el bolsillo de nuestra gente. En eso estamos todos de acuerdo”, puntualizó el primer ejecutivo.

Por su parte, Fontanés Gómez expresó que, “en un principio, el acuerdo suplementario se firmó como una medida provisional con el propósito de otorgar un periodo de 18 meses para la culminación de la reestructuración de la deuda de la AEE. Al día de hoy, dicho proceso no ha culminado, y es fundamental dar continuidad a los planes y trabajos de reconstrucción que ya se han comenzado. Ese es el objetivo y compromiso de todas las partes”.

Mientras que el presidente de la Junta de Directores, Omar Marrero, indicó que es esencial que Luma permanezca como operador del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica para continuar encaminando el proceso de reestructuración de la deuda de la AEE bajo el Título III, así como para evitar resultados negativos severos para Puerto Rico. “Por ejemplo, sin LUMA, el nombramiento de un síndico es altamente probable. Este síndico tendría la facultad de ejercer el derecho de solicitar aumentos tarifarios en cantidades suficientes para pagar la deuda de la AEE en su totalidad”.

Fontanés Gómez destacó que “la reconstrucción del sistema de energía eléctrica está encaminada y no puede detenerse. Es un servicio esencial que tiene que ser transformado. Además, es un pilar fundamental para el desarrollo socioeconómico de la isla. No hay espacio para mirar hacia atrás. Puerto Rico necesita seguir moviéndose hacia soluciones que representen y resulten en cambios reales y cuantificables. Solo así lograremos llevar nuestra red eléctrica al nivel óptimo que todos los puertorriqueños merecemos”.

Los funcionarios reiteraron que la cancelación del contrato tendría implicaciones negativas económicas para Puerto Rico, como por ejemplo, los costos de cancelación se han estimado entre 300 y 600 millones de dólares en lo que un nuevo proceso de APP se lleva a cabo. Además de posibles costos de litigación relacionados al cargo de terminación del contrato,  costos relacionados al inicio de un nuevo proceso de licitación, riesgo de desinterés de entidades del sector privado en actuar como nuevo operador,  incertidumbre respecto a la disponibilidad y tiempos de fondos federales, efecto negativo en los procesos de Título III de la AEE, reducción en la utilidad y confiabilidad del Plan Integrado de Recursos, paralización o demora de las mejoras capitales al sistema de transmisión y distribución, entre otros.

El gobernador recordó que aún con esta extensión, a LUMA se le puede cancelar el contrato si incumple sustancialmente con sus obligaciones y que no corrige ese incumplimiento en el tiempo establecido en el contrato. Igualmente, el Negociado de Energía tiene la facultad de establecer métricas e imponerle multas a LUMA si su desempeño se aparta de las mismas o afecta significativamente la confiabilidad de nuestro sistema eléctrico.

“De ahora en adelante todos nos tenemos que enfocar en mejorar nuestro sistema. En eso es que estaremos enfocados”, concluyó el primer ejecutivo.

Por otro lado, el presidente de LUMA Energy, Wayne Stensby, reaccionó a la extensión del contrato supletorio. “La extensión del contrato suplementario permitirá que los sobre 3,000 hombres y mujeres de LUMA continúen trabajando para construir un sistema eléctrico más confiable, resiliente y limpio para los 1.5 millones de puertorriqueños a quienes tenemos el privilegio de servir”, expresó Stensby en declaraciones escritas.

“Ahora más que nunca, todos debemos unirnos y enfocarnos en lo más importante para todos: construir un mejor futuro energético para Puerto Rico. Aún queda mucho por hacer, y en el 2023 continuaremos enfocados en dar inicio a cientos de proyectos de reconstrucción en toda la isla, los cuales ayudarán a construir un futuro energético más confiable, más resiliente y más limpio en los próximos meses y años”, añadió.

REPRESENTANTE DEL INTERÉS PÚBLICO DENUNCIA QUE LEY 120 HACE NULO LA EXTENSIÓN DEL CONTRATO PARA LUMA 

“Al haber una nueva transacción, porque estás añadiendo algo que no está en el contrato, pues eso lo tienes que llevar bajo la Ley 120, porque la ley 120 dice que toda transacción debe verse a través de la ley y debe contar con el voto del interés público, en otras palabras con el voto del pueblo de Puerto Rico”, expresó la Lcda. Rita Ortiz en el programa Dígame La Verdad con Milly Méndez.

La representante del interés público en la Junta de la Autoridad de Alianzas Público Privada explicó que ella y el Lcdo. Eduardo Ferrer empezaran su análisis legal sobre la controversia tan pronto se haga oficial la aprobación del contrato por el gobernador Pierluisi, para poder considerar si traer el caso a los tribunales.

“Si eso va un tribunal y el tribunal dice, ‘Mira si, lo que aplica es la ley 120’, eso quiere decir que la extensión de ese contrato es nula ab initio y las contraprestaciones que se den durante el tiempo que estén vigente se tienen que devolver en su totalidad”,concluyó Ortiz.

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